lunes, 18 de abril de 2011

PROHIBICIÓN EN EL BCO. ARRITZAGA. Amézketa (Guipúzkoa)


Un breve vistazo al PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión) del Parque Natural de Aralar permite ver cuales son las condciones del barranquismo en este entorno.

Desconozco si alguien/algunos han interpretado la normativa a su libre albedrío. La cuestión es, que la norma que data del 2005, permite la práctica del barranquismo en este parque natural. (ver PRUG). www.gmf-fgm.org/fitxategiak/Aralar_PRUG.pdf

Las valoraciones del cartelito en cuestión las dejo a los lectores.

¡¡ Que no me digan los que han colocado el dichoso cartel, que el paso de unos cuantos entusiastas del descenso de barrancos desgasta el entorno !!. Los argumentos esgrimidos para vetar el paso a los barranquistas producen sonrojo. ¡ La ignorancia es atrevida...!

Símplemente, una sola tormenta tiene más impacto que el paso de todos los barranquistas en 20 años. No hay mas que ver las consecuencias de los caprichos de la meteo en otros barrancos; algunos de ellos cegados por el arrastre de rocas.

Otra cosa bien diferente es, que cualquier persona que visite la naturaleza, no deje huellas de su paso (bolsas, latas de lo que sea, colillas, desperdicios, etc...). Se trata únicamente de educación general, virtud que lamentablemente en los últimos años es más bien escasa.